APRA leven    

 

 
 

Información acerca de las vías de recurso a ejercitar contra la decisión de la CBFA.

Se informa a los asegurados de que la decisión de 4 de marzo de 2011 tomada por la CBFA, especialmente la supresión de la inclusión de Apra Leven N.V. dentro de la categoría de sociedad de seguros, constituye un acto administrativo susceptible, en todo o en parte, de ser impugnado mediante la interposición de un recurso de anulación ante el Consejo de Estado belga.

Todos los asegurados de Apra Leven N.V. disponen de la posibilidad de interponer dicho recurso de anulación. El plazo para la interposición del mismo es, en principio, de 15 días desde la fecha de la notificación de la decisión de la CBFA, la cual tuvo lugar en fecha 4 de marzo de 2011. Respecto a las personas cuyo domicilio no se halle sito en Bélgica, el inicio de los plazos para la interposición del recurso se computan desde la fecha de la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El recurso de anulación debe ser, obligatoriamente y bajo pena de nulidad, interpuesto conforme al procedimiento y las formas descritas en el documento que se adjunta a la presente.

La noticia de prensa publicada por la CBFA en su página web www.cbfa.be, recoge asimismo las posibles vías de recurso para impugnar su decisión.

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